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Seguros de vida y recursos contra el SAT

La aseguradora está obligada a notificarle al asegurado que existe una causa para rescindir el contrato, si no cumple con esto, tendrá que cubrir la suma asegurada, así lo confirmó un tribunal. En materia fiscal, en un criterio se analiza los casos en que procede el recurso de revocación en contra de una resolución del SAT.


Recurso contra resoluciones del SAT en cumplimiento de sentencia
Por regla general, cuando el SAT emita una resolución en cumplimiento de una sentencia del juicio de nulidad no podrá impugnarse a través del recurso de revocación. Los casos de excepción son: i) la resolución del SAT introduce temas novedosos o, ii) la resolución tiene un vicio formal. Registro: 2027772


Embargo de cuentas bancarias por ayuntamiento de Jalisco
Si un ayuntamiento inicia el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de un crédito fiscal a un particular y ordena el embargo de sus cuentas bancarias, procede juicio de nulidad porque se trata de un acto de imposible reparación. Registro: 2027730


Contradicción de criterios que conoce la SCJN
La Suprema Corte no puede resolver contradicción de criterios que surjan entre tribunales de una misma región, ya que a partir de la reforma constitucional de 2021 es competencia de los Plenos Regionales. Por tanto, si se presenta una contradicción de criterios entre diversos tribunales, algunos de los cuales pertenecen a la misma región y otros a una región distinta, la Suprema Corte solo podrá resolver la contradicción que exista entre los tribunales de distintas regiones. Registro: 2027720


Interés legítimo contra leyes que criminalizan el aborto
Para acreditar el interés legítimo para impugnar la legislación de Puebla que criminaliza el aborto, es suficiente con que las mujeres que acuden al amparo señalen bajo protesta de decir verdad que se encuentran en edad reproductiva, sin que pueda exigirse que estén embarazadas. Registro: 2027735


Enfermedad preexistente no declarada en seguro de vida
Cuando una aseguradora tenga conocimiento de que el asegurado padece una enfermedad que no declaró al momento de contratar el seguro, es necesario que le informe al asegurado de manera expresa que va a rescindir el contrato. De lo contrario, tendrá que cumplir con los términos del seguro. En este caso, la aseguradora tuvo conocimiento que la persona asegurada padecía diabetes, sin haberlo declarado al contratar el seguro de vida. Un tribunal la obligó a pagar la suma asegurada porque no notificó la rescisión del contrato en los términos que exige la ley. Registro: 2027721

Pérdida de custodia de hija por consumo de marihuana
Ante indicios de que una niña ha estado expuesta a la marihuana porque la madre consume esa sustancia, el juez debe ordenar de oficio una prueba toxicológica para valorar si el consumo es eventual o no. El juez deberá determinar si se afecta la crianza de la niña y si la madre puede mantener la guarda y custodia. Registro: 2027769

Derecho de réplica sobre información publicada en medios de comunicación
Un político solicitó a un medio de comunicación que publicara información sobre el desarrollo que tuvo un procedimiento penal en el que se había visto involucrado años atrás, esto en ejercicio de su derecho de réplica.
Atención de una solicitud de réplica. El medio de comunicación puede optar por: i) negar la publicación de la réplica debido a que falta un requisito formal, ii) negar la publicación por una causa legal o, iii) publicar la información. 2027726
Etapa extrajudicial. Es necesario que la persona que quiere ejercer su derecho de réplica acuda primero al medio de comunicación, para poder iniciar el procedimiento judicial.  2027727
Litis cerrada. El procedimiento judicial es de litis cerrada por lo que el juez no puede modificar la solicitud de réplica presentada ante el medio de comunicación, ni las razones por las que el medio de comunicación decidió no publicar la réplica. De lo contrario se dejaría en indefensión al medio de comunicación y al solicitante. Registros: 2027749 y 2027750


Cumplimiento de sentencia protectora contra prisión preventiva oficiosa
Cuando se dicte sentencia de amparo confirmando que no procede la medida de prisión preventiva oficiosa dictada en un proceso penal, el juez de control no tiene que convocar a una audiencia para señalar una nueva medida cautelar, si en el juicio de amparo ya se había concedido la suspensión definitiva. Registro: 2027757

Prisión preventiva en debate entre las partes
El juez de control debe someter a debate del ministerio público y del acusado cuál es la medida cautelar que debe ordenarse, esto es, la prisión preventiva u otra medida menos gravosa. Lo anterior de conformidad con lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos García Rodríguez y otro vs. México y, Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México. Registro: 2027758