¿Qué dicen hoy los tribunales? – Entrega 22
Se publican reformas legales al Poder Judicial de la Federación
10/junio/2021
El 7 de junio se publicó la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y una serie de reformas a otras leyes, incluyendo la Ley de Amparo. Estas leyes estaban pendientes de publicarse desde finales de abril de este año, mes en que fueron aprobadas por el Congreso.
Por lo que hace al sistema de jurisprudencias y tesis aisladas, se establece que:
- Las jurisprudencias emitidas antes del 8 de junio de 2021 mantendrán su obligatoriedad, salvo que sean interrumpidas en los términos del artículo 228 de la Ley de Amparo (modificado con la reforma).
- Las tesis aisladas de la SCJN emitidas antes del 8 de junio de 2021 mantendrán ese carácter. Únicamente las sentencias que se emitan a partir de ese día podrán constituir jurisprudencia por precedente.
- Se prevé en la Ley de Amparo un nuevo formato para las tesis, en el que deben señalarse las razones de la decisión: los hechos relevantes, el criterio jurídico y una síntesis de la justificación. Si bien este formato ya ha comenzado a utilizarse, el artículo 218 que lo prevé, entrará en vigor seis meses después de la publicación del Decreto.
El Decreto por el que se publicaron las referidas leyes y reformas establece en los artículos transitorios una serie de reglas de cómo irán entrando en vigor las disposiciones. Estas reglas se resumen en el siguiente cuadro:
A continuación les presentamos nuestro blog de la semana con tesis de la Undécima Época del Semanario Judicial de la Federación, la cual dio inicio el pasado 1º de mayo mediante acuerdo del Pleno de la SCJN.
Amparo
Separación de juicios en amparo
Cuando en una misma demanda de amparo se reclaman actos desvinculados entre sí, el juez puede decretar la separación de juicios. En el supuesto de alguna controversia sobre la separación de autos, deberá remitirse el expediente a un TCC para que resuelva sobre la procedencia o no de la separación.
El Pleno de la SCJN reconoció que a pesar de que la figura de la separación de autos no está prevista en la Ley de Amparo, su aplicación se ha aceptado vía jurisprudencial, bajo las reglas de la acumulación.
Registro: 2023212
Demanda de amparo sin firma electrónica
En este criterio de jurisprudencia un TCC sostuvo que en los juicios de amparo promovidos durante la circunstancia extraordinaria de pandemia, los operadores judiciales deben actuar con la mayor flexibilidad y amplitud en la protección de los derechos humanos. Por ello, la falta de Firma Electrónica Certificada del PJF (FIREL) del quejoso en una demanda de amparo presentada vía electrónica, no da lugar a su desechamiento de plano. Deberán tomarse en consideración las circunstancias particulares del caso y determinar si es posible de ser subsanado.
Registro: 2023202
Administrativo
Responsabilidad patrimonial de CFE por daños a particulares
Diversas personas sufrieron daños por descargas eléctricas provenientes de cables de conducción de energía eléctrica, por lo cual interpusieron juicios en contra de la CFE a fin de recibir una indemnización por los daños sufridos, algunos en la vía civil y otros en la administrativa.
El Pleno de la SCJN analizó la contradicción de criterios que se presentó entre las Salas, y resolvió en jurisprudencia que las actividades que realiza la CFE son actos materialmente administrativos y por tanto, el planeamiento debe hacerse a partir de la responsabilidad patrimonial del Estado, en la vía administrativa.
Registro: 2023197
Actos administrativos y su nulidad
Un Pleno de Circuito analizó la facultad del Instituto Catastral del Estado de Aguascalientes consistente en emitir el avalúo catastral. Se concluyó que es un acto administrativo no discrecional, en tanto la norma lo obliga a elaborarlo.
En consecuencia, si un particular presenta juicio de amparo en contra de la emisión del avalúo catastral y en sentencia se resuelve que carece de fundamentación y motivación, los efectos de la sentencia deben ser para que el avalúo quede insubsistente. Pero no podrá impedírsele al Instituto Catastral que emita uno nuevo.
Registros: 2023194, 2023195 y 2023196
Concursos mercantiles
Un TCC sostuvo en tesis aislada que el efecto más relevante de la declaración de concurso mercantil es la orden del Juez para que la empresa suspenda el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la sentencia de concurso, salvo los que sean indispensables para su operación ordinaria.
Por tanto, el Juez puede dictar medidas como ordenar a la autoridad penal que se abstenga de retener cantidades de dinero del comerciante, sin que esto se considere como una invasión de esferas. Registro 2023200
El mismo TCC emitió un segundo criterio en el que señaló que las cuestiones que se presenten durante la tramitación del concurso mercantil y que no tengan prevista una sustanciación especial, se plantearán a través de la vía incidental. Por tanto, la oportunidad para promover el incidente de objeción de un crédito contra la masa es de cinco días, que es el término previsto por la Ley de Concursos Mercantiles para contestar los incidentes. Registro: 2023199
Penal
Flagrancia en delito de delincuencia organizada
El delito de delincuencia organizada es de carácter permanente o continuo, es un delito de mera actividad sin que se requiera un resultado material. Por lo tanto un Pleno de Circuito determinó en tesis de jurisprudencia que cuando existan datos objetivos y comprobables que le permitan al Ministerio Público establecer, razonablemente, que una persona forma parte de una organización delictiva determinada, su detención se actualiza en flagrancia.
Registro: 2023201
Actos de tortura para la confesión de un delito
En un procedimiento penal, el inculpado denunció que había sido víctima de actos de tortura por parte de autoridades. El TCC que conoció del amparo determinó que, no obstante que el Juez de la causa ordenó que se investigara tal situación, de los hechos se advertía que el Juez no había actuado de manera imparcial.
Lo anterior, debido a que los peritos designados por el Juez para valorar la situación del inculpado formaban parte de la institución que presuntamente había cometido los actos de tortura. Adicionalmente, la confesión del inculpado fue tomada en cuenta para condenarlo, no obstante que existía la presunción de actos de tortura.
En consecuencia, el TCC resolvió que la investigación de los actos de tortura no se ajustó al Protocolo de Estambul, que ordena que se realice de manera imparcial, independiente y minuciosa. Por tanto, se trata de una violación procesal que amerita la reposición del procedimiento, debido a que trascendió al fallo. Registro: 2023188
En este mismo asunto se pretendió sostener que si el inculpado se había sometido voluntariamente a los exámenes realizados por los peritos de la institución que presuntamente había cometido los actos de tortura, debía entenderse que había otorgado su consentimiento, expreso o tácito, sobre la forma en que se había llevado a cabo la investigación de los actos de tortura. El TCC resolvió que el hecho de que el inculpado se sometió a la investigación, no puede considerarse en el sentido de haber otorgado su consentimiento. Registro: 2023187
Auto de vinculación a proceso en el sistema oral
En materia penal, la Primera Sala había sostenido que el auto de vinculación a proceso podía registrarse a través de la videograbación de la audiencia, con lo que se cumplía con los requisitos de fundamentación y motivación del acto de molestia.
Un Pleno de Circuito resolvió que la jurisprudencia de la Primera Sala no es aplicable bajo el Código Nacional de Procedimientos Penales, que de forma expresa establece que la vinculación a proceso debe constar por escrito, no obstante que haya sido videograbada. Registro: 2023207
Se determinó en tesis de jurisprudencia que los efectos del amparo interpuesto por un particular para reclamar que el auto no fue emitido por escrito, serán únicamente para que el Juez de Control emita la versión escrita, la cual no podrá exceder los alcances de la pronunciada oralmente. El amparo no podrá dejar sin efectos el auto de vinculación. Registro: 2023192
Finalmente, el Pleno de Circuito resolvió que el auto de vinculación a proceso sí puede ser materia de suspensión en el juicio de amparo indirecto. Registro: 2023193
Amparo contra investigación en materia penal
La Primera Sala de la SCJN resolvió en jurisprudencia que en el supuesto de que se presente amparo indirecto en contra del auto que revoca la determinación de no ejercicio de la acción penal y ordena la continuación de la investigación, no se actualiza una causa manifiesta e indudable de improcedencia del juicio de amparo.
En este supuesto, el juez no puede desechar de plano la demanda, sino que tendrá que analizarse si se afectan derechos sustantivos del quejoso cuyos efectos sean de imposible reparación. Registro: 2023205
Otros precedentes publicados:
- Acumulación de acciones civiles. Registro 2023189
- Amparo contra traslado de un reo. Registro 2023190
- Prescripción en el concurso de delitos. Registro 2023198
- Multa como sanción penal. Registro 2023209
- Notificaciones personales en amparo penal. Registro 2023210
- Improcedencia del juicio de nulidad. Registro 2023204
- Depositario del menor de edad. Registro 2023203