LA SUPREMA CORTE EN 2015: LAS SENTENCIAS MAS RELEVANTES
El 2015 fue un año en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció sobre temas importantes para nuestro país. Aquí un recuento de algunas de las sentencias más relevantes.
El amparo Mexicanos Primero
La Primera Sala de la SCJN reconoció por primera vez el interés legítimo de una asociación civil para acudir al amparo en defensa del derecho a la educación.
En esta sentencia se ordenó a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a llevar a cabo una fiscalización efectiva sobre las más de 400 irregularidades que ella misma detectó, pero de las cuales no había fincado responsabilidades, la mayoría relativas a pagos efectuados de manera irregular a maestros que no realizaban funciones docentes, así como apoyos y transferencias al SNTE.
Como consecuencia, la SCJN ordenó a la ASF fincar responsabilidades por daños y perjuicios a los servidores públicos responsables de las irregularidades, así como iniciar los procedimientos para determinar la responsabilidad administrativa y penal en su contra.
Amparo en revisión 323/2014
Es constitucional el arraigo
Con seis votos a favor y cinco en contra, los ministros del Pleno de la SCJN avalaron la constitucionalidad del uso del arraigo domiciliario cuando se trate de delitos graves, previsto en el artículo 133 bis del Código Federal de Procedimientos Penales y en un artículo transitorio de la Constitución.
Esta sentencia se contrapone a criterios del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que consideran al arraigo como violatorio de los derechos humanos de libertad personal, debido proceso y a la integridad de la persona.
Amparo en revisión 1250/2012
Publicidad engañosa
La Primera Sala resolvió que cuando se afectan los derechos de los consumidores por el uso de publicidad engañosa, es obligación de las empresas probar que la información utilizada es exacta y veraz. Así lo resolvió la Primera Sala de la SCJN con motivo de una acción colectiva interpuesta por la PROFECO en contra de Adidas México, por el uso de publicidad engañosa en los tenis Reebok Easy Tone.
De este modo no se puede obligar a los consumidores a que sean ellos quienes demuestren que la información es falsa, ya que se encuentran en una posición de desventaja frente a las empresas.
Amparo en revisión 2244/2014
Valentina e Inés
Dos indígenas del estado de Guerrero que en 2002 fueron violadas por militares, lograron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenara al Estado Mexicano por tales hechos en el año 2010, al considerar que se vulneraron los derechos de las víctimas a la integridad personal y a la protección judicial, entre otros.
Cuatro años después, la SCJN se pronunció sobre las obligaciones que debía asumir el Poder Judicial como resultado de dicha sentencia. Entre los temas abordados está la obligación de las autoridades a reconocer los casos en que las víctimas se encuentran en una situación de vulnerabilidad: por ser mujeres, ser indígenas y ser pobres, por lo que deben tomar medidas especiales que aseguren su derecho al acceso pleno a la justicia.
Varios 1396/2011
Autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones
La SCJN resolvió a favor del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en la controversia constitucional promovida por el Congreso de la Unión. El Pleno consideró que el Instituto no invadió atribuciones del Congreso al emitir las Reglas de Portabilidad Numérica.
Con esta sentencia se reconoció la autonomía del IFT y sostuvo que éste tiene facultades concurrentes con el Congreso, por lo que hace a la materia de telecomunicaciones.
Controversia constitucional 117/2014
Derechos de los trabajadores: dejan de ser irrenunciables
La SCJN dio la vuelta a los derechos de los trabajadores que en términos de la Constitución Federal se consideraban irrenunciables. Con un cambio de criterio, la Segunda Sala resolvió que aun cuando un trabajador renuncie a ciertos derechos, si el convenio o contrato de trabajo fue ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, será improcedente cualquier revisión posterior que solicite el trabajador sobre el contenido del mismo, en aras de buscar la nulidad de las cláusulas respectivas.
Algunos de los derechos que hasta antes de esta sentencia se consideraban irrenunciables son las indemnizaciones por accidentes o enfermedades de trabajo, y la indemnización por despido.
Contradicción de tesis 94/2014
No al Bullying
Fueron las agresiones recibidas por un niño de siete años en una escuela privada, lo que dio lugar a que la Primera Sala de la SCJN estableciera que existe bullying cuando se presente una agresión reiterada, de manera física o psicológica a un niño, junto con la negligencia de la escuela para responder ante el acoso escolar.
En la sentencia se reconoció que la obligación de respetar los derechos fundamentales de los niños no sólo recae en el Estado, cuando se trate de escuelas públicas, sino también de los particulares, en las escuelas privadas. Además, se determinaron los casos en que deberá compensarse el daño moral provocado al menor.
Amparo directo 35/2014
Las candidaturas independientes
Las sentencias de la SCJN en esta materia fueron el resultado de una tendencia en los congresos locales de aumentar los requisitos para las candidaturas independientes.
El criterio de la SCJN se había centrado en reconocer que los congresos de los estados tienen la libertad de definir los requisitos que deben observar los candidatos que quieran postularse por la vía independiente.
Sin embargo, en asuntos recientes la SCJN declaró la inconstitucionalidad de ciertos requisitos establecidos en esta materia por los congresos locales, al considerarlos como medidas restrictivas y gravosas. Tal es el caso de la legislación electoral de Puebla (acciones de inconstitucionalidad 88/2015 y 93/2015) y de Tlaxcala (acción de inconstitucionalidad 103/2015).
Facturas falsas en materia fiscal
La SCJN confirmó la constitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que regula el procedimiento que ha aplicado el Servicio de Administración Tributaria desde enero de 2014 para determinar los contribuyentes que emiten facturas falsas.
La jurisprudencia avaló la primera etapa del procedimiento que consiste en la publicación de listas preliminares de los contribuyentes que se presume emiten este tipo de facturas. Queda aún pendiente que la SCJN se pronuncie sobre el resto de las etapas de este procedimiento, en particular las listas definitivas y las responsabilidades que recaen en los receptores de las mismas.
Amparo en revisión 51/2015 y otros
El autoconsumo de marihuana
La Primera Sala de la SCJN resolvió que el autoconsumo de marihuana está protegido por el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad, lo que significa que las cuatro personas que promovieron el amparo pueden poseer y consumir hasta cinco kilogramos de la droga.
La SCJN consideró que las cuestiones de índole moral son insuficientes para prohibir el consumo de la marihuana, ya que la Constitución no impone un ideal de excelencia humana, sino que permite que cada individuo elija su propio plan de vida en tanto no afecte a los demás.
Amparo en revisión 237/2014
Temas pendientes: deducción de pagos a trabajadores
Entre los temas que quedaron pendientes de resolverse en el 2015 destaca la limitación impuesta en la Ley del ISR a partir del 2014, para que las empresas puedan deducir los pagos realizados a sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para estos. Por ejemplo: los pagos por concepto de previsión social. En el proyecto de sentencia se señala que esta limitación atenta en contra de los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.
Si los ministros votan a favor del proyecto de sentencia, se declararía la inconstitucionalidad del artículo 28, fracción XXX, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y los contribuyentes que se ampararon podrían deducir la totalidad de los pagos de previsión social.