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Ley para Pagos Digitales y Electrónicos

Portada de Ley para Pagos Digitales y Electrónicos

La Presidenta Claudia Sheinbaum presentó la iniciativa de Ley el 8 de septiembre de 2026, junto con el paquete económico. La Ley fue aprobada el 20 de octubre de 2026 en el Senado de la República. Con ella se limita el uso de efectivo en comercios y trámites gubernamentales. Los cambios principales son los siguientes:

1. Pagos digitales o electrónicos

Medios de pago en comercios y empresas. Las personas que comercialicen bienes o servicios deberán implementar infraestructura necesaria para aceptar los Medios de Pago Electrónicos y Digitales:

  • Deben informar a usuarios y clientes sobre los medios de pago que hayan habilitado y promover los nuevos medios de pago.

Medios de pago en los tres niveles de gobierno. Las autoridades federales, estatales y municipales deberán aceptar los Medios de Pago Electrónicos y Digitales para la atención de trámites:

  • Deben implementar como soluciones tecnológicas el uso de la CURP Digital, el Expediente Digital Ciudadano, la Ventanilla Digital Nacional de Inversiones y la Plataforma de Establecimientos Mercantiles.

  • Deben implementar Modelos para la Homologación de Trámites relacionados con el desarrollo económico.

Limitación a pagos en efectivo en sectores estratégicos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará los sectores o actividades estratégicas en los que el pago digital y electrónico sea la única modalidad permitida. Solo ante fallas de conectividad o energía eléctrica se permitirá el pago en efectivo o cheque.

Se deben establecer mecanismos y plazos específicos para los procesos de transición gradual de pagos en cada sector estratégico o actividad comercial.

2. Fomento a la inclusión financiera

Disposiciones de carácter general. Las autoridades competentes deben emitir las disposiciones necesarias para eliminar las barreras a la inclusión financiera para el otorgamiento de créditos y financiamientos.

Banco de México. Ampliará los niveles de operación de cuentas de depósito de dinero a la vista y emitirá, en conjunto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, disposiciones para que las Terminales Punto de Venta (TPV) acepten pagos con código QR.

CURP Digital para facilitar contratación de servicios financieros. Propone el uso de la CURP Digital, conformada por la versión digital de la CURP o cualquier otro mecanismo de identificación oficial para la contratación remota de servicios financieros.

Expediente Digital Ciudadano. Los usuarios podrán solicitar al contratar servicios financieros este expediente digital con su información. Sus efectos jurídicos serán los mismos que tratándose de documentos físicos.

Portabilidad de la información. Los usuarios pueden solicitar la portabilidad de su información y documentos que obren en el Expediente Digital Ciudadano a las instituciones de crédito y entidades financieras.

3. Implicaciones jurídicas, institucionales y comerciales

La nueva regulación busca limitar el uso del efectivo por parte de la población en operaciones realizadas frente a comercios y en trámites llevados a cabo con las autoridades de los tres niveles de gobierno.

La digitalización, sin duda, facilitará un registro transparente de ingresos de los comercios y fomentará el comercio formal.

Queda pendiente que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público defina los sectores estratégicos que deberán operar este sistema. Asimismo, las autoridades competentes de cada sector estratégico o actividad relevante deberán emitir las disposiciones administrativas de carácter general, que establezcan los tiempos de implementación de esta Ley en cada sector o actividad. Para ello las autoridades cuentan con un plazo de quince días hábiles después de la publicación de la Ley.

Fecha de publicación: 21 de octubre de 2026

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