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Detrás de la jurisprudencia

 

Esta semana iniciamos una nueva sección “Detrás de la jurisprudencia”, en el que nuestros invitados analizarán un criterio que haya sido relevante para su práctica profesional. Gracias  a Adriana Ortega Ramírez, de nuestro despacho, Pérez de Acha e Ibarra de Rueda, S.C., por realizar la primera colaboración del blog.


 

La nulidad de resoluciones y sus efectos

En el juicio contencioso administrativo, la limitación de emitir una resolución que afecte en mayor grado al demandante sólo en los casos en que se haya declarado la nulidad del acto por vicios de fondo, es constitucional. Por tanto, no procede aplicar esta limitación cuando la nulidad responda a un vicio de forma. [Primera Sala] Comunicado 159/2025


 

Suspensión condicional del proceso

La Primera Sala confirmó la constitucionalidad del artículo 196 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que permite al Juez de control aprobar una solución alterna en una controversia penal aunque una de las partes no asista a la audiencia, siempre y cuando haya aceptado previamente esta vía.  Comunicado 163/2025

Recurso para personas privadas de libertad

La firma o huella digital de la persona privada de la libertad, como requisito para admitir el recurso de controversia previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal es constitucional. En caso de falta de este requisito, se deberá requerir al promovente para subsanarlo, previo a desechar el recurso. Comunicado 161/2025


 

Compañía de seguros altera pruebas

Si una compañía de seguros presentó un documento alterado en un juicio para evadir el pago de un seguro de vida, queda acreditada la actuación de mala fe, por lo que procede la condena al pago de costas. En el juicio se acreditó que la aseguradora había elaborado un documento con la intención de probar que el asegurado había omitido informar que tenía VIH. [Primera Sala, Jurisprudencia] Comunicado 164/2025


 

Enfermedad de trabajo en PEMEX

A fin de determinar si un trabajador jubilado de PEMEX requiere de una prótesis auditiva, no es suficiente con que se haya reconocido que padece una enfermedad de origen profesional, sino que además deberá probar el grado de degeneración auditiva para definir si la prótesis es útil para su tratamiento. [Pleno Regional, Jurisprudencia] Registro: 2030453

Licencias por comisión sindical

El patrón no está obligado a cubrir el salario de los trabajadores en licencia por desempeñar una comisión sindical, si ese derecho no se encuentra expresamente previsto en la legislación o en las condiciones generales de trabajo. Por tanto, no podrá realizarse una interpretación amplia de las normas que regulan los derechos laborales. Registro: 2030456


 

Venta de alimentos “chatarra” en universidades

Un tribunal resolvió que sí procede la suspensión provisional en contra del programa de gobierno que prohíbe la venta de alimentos “chatarra” cuando se trate de instituciones de educación superior. En este caso, los alumnos son mayores de edad y tienen la capacidad de elegir qué alimentos consumir. Registro: 2030461

Persona de edad avanzada y actos de imposible reparación

Cuando la quejosa sea una persona de edad muy avanzada, la resolución que revoca una sentencia definitiva y ordena reponer el procedimiento debe considerarse como un acto de imposible reparación. El riesgo de que la persona no logre llegar a la conclusión del procedimiento es alto, por lo que se produce una afectación a sus derechos sustantivos. Registro: 2030444


 

Sobre la materialidad de las operaciones y el estándar probatorio

Los tribunales han establecido que para acreditar la materialidad de las operaciones, ya no es indispensable limitarse a pruebas directas, sino que se admiten medios de convicción más amplios y flexibles. En particular, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que es admisible que el contribuyente pueda valerse de la prueba presuncional.

Esto significa que, a través de indicios suficientes, lógicos y razonables, es posible inferir que las transacciones efectivamente se realizaron. Este criterio resulta especialmente relevante en operaciones complejas, donde la obtención de documentación concluyente puede ser difícil. Así, se garantiza un equilibrio entre el rigor probatorio y la justicia en los procedimientos fiscales, siempre que los elementos presentados cumplan con los principios de pertinencia, idoneidad y utilidad. Registro: 2029959

Adriana Ortega Ramírez, Pérez de Acha e Ibarra de Rueda, S.C.