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Delitos con inteligencia artificial y velo corporativo

 

La Suprema Corte analizó el uso de inteligencia artificial para la comisión de delitos por generar videos de contenido sexual y la Primera Sala estableció nuevos elementos para la concesión del levantamiento del velo corporativo en materia mercantil.


 

Levantamiento del velo corporativo en procedimiento previo a juicio

Por regla general, no puede ordenarse el levantamiento del velo corporativo de una sociedad mercantil, como una medida cautelar en un procedimiento prejudicial, porque se emitiría sin audiencia de la contraparte.

La Primera Sala sostuvo que al tratarse de una medida excepcional y de uso restrictivo, es necesario que el juez analice si se actualizan elementos subjetivos, por ejemplo, si la sociedad mercantil se creó para defraudar a terceros o que se trate de una fachada para incumplir obligaciones. Registros: 2029943 y 2029944. Sentencia.

¿Cuándo puede embargarse la pensión de un jubilado?

La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que las pensiones solo pueden ser embargadas para el pago de alimentos, por tanto, no procede el embargo en la vía mercantil para el pago de un crédito contratado por la persona pensionada. [Primera Sala, Jurisprudencia]. Registro: 2029935


 

Portación de armas por un grupo de personas y derecho de reunión

La Primera Sala determinó que la agravante del delito de portación de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, cuando se comete por un grupo de tres o más personas, no viola el derecho de reunión, porque este se refiere a reuniones pacíficas y prohíbe aquellas de personas armadas.

También sostuvo que no es necesario que el delito estableciera que el grupo de personas debía tener un propósito o fin específico, ya que la sola reunión de personas armadas representa una mayor lesión al bien jurídico tutelado. [Jurisprudencia]. Registros: 2029933 y 2029934

En otro criterio comentado en el Blog 179, la Primera Sala avaló la constitucionalidad de la agravante de dicho delito.

Delito por generar videos de contenido sexual con inteligencia artificial

En el Código Penal de Sinaloa se adicionó al delito de violación a la intimidad sexual, la posible comisión a través del uso de inteligencia artificial, cuando se manipulen imágenes o videos de contenido sexual de una persona, con el propósito de difundirlos. En el artículo se define la inteligencia artificial (IA).

El Pleno de la Suprema Corte consideró que la definición de IA cumple con el principio de taxatividad, debido a que con constante evolución de la tecnología no hay una definición única. Por tanto, el Pleno avaló el delito y el concepto de IA.  Comunicado No. 055/2025


 

Vinculación de autoridades no responsables para el cumplimiento de suspensión

Para el cumplimiento de la suspensión definitiva en el juicio de amparo indirecto, puede vincularse a una autoridad no señalada como responsable, siempre y cuando sea la facultada para acatar la medida cautelar. [Primera Sala, Jurisprudencia]. Registro: 2029940

Documentos solicitados vía transparencia como pruebas en juicio

Cuando en juicio de amparo indirecto el quejoso solicite al juzgado que requiera a un servidor público la entrega de documentales previamente requeridas vía transparencia para que obren como pruebas, no es necesario que medie el plazo de cinco días entre la solicitud al juzgado y la audiencia constitucional contemplado en el artículo 121 de la Ley de Amparo.  [Pleno Regional, Jurisprudencia]. Registro: 2029936

Clientes de banca múltiple se amparan contra revocación de la CNBV

Las personas morales con cuentas de ahorro en una institución bancaria a la que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) le revocó la autorización para operar, cuentan con interés para promover amparo indirecto contra los efectos y consecuencias de la resolución de la Comisión. Registro: 2029923


 

Listado de nombres de pensionados y jubilados del gobierno

A pesar de que la federación y los estados están obligados a publicar el listado de jubilados y pensionados que reciben recursos públicos, las personas en la lista pueden oponerse al tratamiento de sus datos. Las dependencias deberán ponderar si es posible suprimir dicha información, sin que ello repercuta en transparentar el destino de los recursos públicos. [Segunda Sala, Jurisprudencia]. Registro: 2029916