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Compensación en materia fiscal y delitos sexuales

 

La Primera Sala confirmó que los delitos sexuales contra menores son imprescriptibles y validó la compensación de saldos a favor cuando un contribuyente está siendo revisado por la autoridad fiscal. La Segunda Sala emitió dos criterios sobre seguridad social.


 

Compensación de saldo a favor en ejercicio de facultades comprobación

Los contribuyentes sujetos a facultades de comprobación, como la revisión de gabinete o una visita domiciliaria, pueden corregir su situación fiscal aplicando cantidades que por cualquier concepto tengan a su favor por parte del SAT. Este beneficio aplica para cualquier contribuyente sujeto a dichas facultades de comprobación y no afecta el principio de igualdad. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registro: 2030218


 

Suministro mínimo de agua potable

El Pleno de la Suprema Corte validó que en la legislación del estado de Querétaro se limite el servicio de agua potable por falta de pago, siempre que el prestador del servicio proporcione la cantidad mínima indispensable de agua al usuario. Dicha cantidad puede superar los 50 litros de agua fijados por la OMS pues debe atenderse a las necesidades específicas de cada persona y familia. Comunicado SCJN No. 109/2025


 

Delitos sexuales contra menores son imprescriptibles

De acuerdo con la Primera Sala, la disposición de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece que cualquier procedimiento jurisdiccional que involucre a menores de edad es imprescriptible, incluye los procedimientos penales. Por tanto, los delitos sexuales cometidos en contra de niñas, niños o adolescentes son imprescriptibles, lo que permite que las víctimas puedan denunciar sin estar sujetas a un plazo. Comunicado SCJN No. 68/2025

Sobre este caso te recomendamos la reflexión “El derecho al tiempo como un refugio para las víctimas de abuso sexual infantil” publicado en la revista Abogacía.

Delitos contra animales con métodos crueles

El Código Penal de Querétaro sanciona los actos de maltrato contra animales y prevé un incremento de la sanción cuando se utilice un método cruel. La agravante, de acuerdo con la Primera Sala no sanciona dos veces la misma conducta, debido a que el maltrato sanciona el dolor o sufrimiento causado al animal y los métodos crueles el mecanismo empleado. En el caso tres perros fueron envenenados con salchichas. [Primera Sala, Jurisprudencia] Registro: 2030237


 

Compra de boleto de autobús por migrante

No se le puede exigir a una persona que pruebe su situación migratoria como condición para comprar un boleto de autobús, por lo que procede conceder la suspensión en amparo en contra de dicha exigencia. Lo anterior transgrede su libertad de tránsito y agrava la situación de vulnerabilidad de quienes tienen una estancia irregular en el país. Registro: 2030172


 

Expedición de acta de nacimiento en gestación subrogada

La madre sustituta a quien se le implantó un embrión y los futuros padres, pueden acudir a la jurisdicción voluntaria para solicitar de común acuerdo, que el juez de lo familiar ordene al Registro Civil la expedición del acta de nacimiento en la que se reconozca a la pareja como padres del menor. Registro: 2030139


 

Seguridad social para hermano con discapacidad

La Segunda Sala sostuvo que la legislación del ISSSTE es discriminatoria al prever un esquema restrictivo de quienes pueden ser considerados como familiares derechohabientes. En ausencia de otros familiares, si la trabajadora tiene a su cuidado a su hermano quien tiene una discapacidad, sí podrá acceder a los beneficios de seguridad social, al equipararse a un hijo con discapacidad. Comunicado SCJN No. 83/2025

Pensión por ascendencia para padres ante fallecimiento de hijo trabajador

La Segunda Sala modificó su criterio, al considerar que es inconstitucional el orden de preferencia previsto en la Ley del ISSSTE para que los beneficiarios del trabajador fallecido accedan a una pensión. Lo anterior debido a que excluye a los padres dependientes económicamente del trabajador fallecido y no permite que compartan la pensión en conjunto con la cónyuge, concubina o hijos. [Segunda Sala, Jurisprudencia] Registro: 2030264


 

Eficacia del convenio conciliatorio en un concurso mercantil

La Primera Sala sostuvo que el requisito previsto en la Ley de Concursos Mercantiles que establece que, para que un convenio conciliatorio sea válido debe ser aprobado por los acreedores reconocidos que en su conjunto tengan más del 50% de los créditos adeudados no genera asimetría ni discriminación entre los diferentes acreedores. Existen herramientas que protegen a los acreedores ausentes o minoritarios (derecho al veto) para que los acreedores mayoritarios no les impongan acuerdos desfavorables. Comunicado SCJN No.108/2025


 

Falta de firma en auto de admisión no invalida procedimiento

Si funcionario de la Junta de Conciliación y Arbitraje omitió firmar el auto admisorio, debe considerarse como una violación formal que se convalida con las actuaciones procesales posteriores. En caso de promoverse amparo en contra del laudo, no procederá ordenar reponer el procedimiento, en cambio el tribunal deberá analizar el resto de la violaciones a efecto de no retrasar la impartición de justicia. [Segunda Sala, Jurisprudencia] Registro: 2030144