Blog 63. Ley de Austeridad y protección al medio ambiente
Esta semana se invalidó la Ley de Austeridad por parte del Pleno de la SCJN, por lo que hace a la limitación de diez años impuesta a servidores públicos para laborar en empresas privadas. También se limitó la posibilidad del Presidente de la República de disponer de los recursos “ahorrados” con las medidas de austeridad. En el Semanario se publicaron los precedentes relacionados con un amparo interpuesto para proteger el medio ambiente en contra de las obras de ampliación del Puerto de Veracruz, que fue resuelto por la Primera Sala en febrero pasado.
El artículo 12 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que solo una persona física puede ser considerada como autora de una obra literaria y artística. La Primera Sala de la SCJN avaló en jurisprudencia la constitucionalidad de dicho artículo, a pesar de que no contempla la posibilidad de que una sociedad tenga la calidad de autora. Solo las personas físicas pueden tener creatividad y ser titulares del derecho a la protección creativa. Registro: 2024373.
Derecho a un medio ambiente sano
Dos personas promovieron amparo indirecto por interés legítimo contra las obras de ampliación del Puerto de Veracruz porque las autoridades omitieron evaluar de forma integral el impacto ambiental del proyecto. Comunicado 035/2022. En jurisprudencia la Primera Sala de la SCJN resolvió lo siguiente:
Interés legítimo en defensa del medio ambiente. Para justificar que las quejosas tenían interés legítimo, se aplicó el concepto de “entorno adyacente” que considera que las personas que habitan o utilizan un entorno son beneficiarios del mismo, por lo que pueden acudir al amparo a defenderlo. Registro: 2024385.
Manifestación de impacto ambiental. Para autorizar las obras de ampliación, las autoridades habían realizado evaluaciones segmentadas en impacto ambiental, en las que no se daba cuenta del daño real que se iba a causar. La SCJN sostuvo que la evaluación de impacto ambiental debe realizarse de forma integral y que las evaluaciones fragmentadas transgredieron los principios de precaución y protección al medio ambiente sano. Registro: 2024387.
Principio de prevención. Se refiere a las medidas que se deben adoptar para evitar un daño significativo y certero al medio ambiente. Cada país está obligado a establecerlas para prevenir daños ambientales, por ejemplo a través de la regulación y la supervisión de proyectos. Registros: 2024395 y 2024374.
Principio de precaución. Ante un peligro de riesgo al medio ambiente, los tribunales deben tomar decisiones para evitar un daño ambiental grave o irreversible, aun cuando no existan pruebas técnicas o científicas. Este principio aplica cuando hay incertidumbre sobre el riesgo que existe en materia ambiental. Registros: 2024376, 2024375 y 2024374
Interés legítimo y cese de efectos del acto reclamado
Una agrupación de productores de papa promovió amparo por interés legítimo, en contra del acuerdo que permitía la importación de este producto. Durante la tramitación del juicio, la autoridad derogó el acuerdo e incorporó la regulación en un reglamento, por lo que se sobreseyó el amparo. La Primera Sala confirmó el sobreseimiento, al señalar que se trataba de un amparo por interés legítimo, en el que la autoridad no requiere acreditar que se eliminaron los efectos del acuerdo. Se aplica un estándar menos exigente respecto del amparo por interés jurídico. Registro: 2024383
Dos impuestos sobre bebidas alcohólicas en CDMX
El Código Fiscal de la Ciudad de México establece un impuesto a la venta o consumo final de bebidas alcohólicas. La Segunda Sala resolvió en jurisprudencia que el impuesto es constitucional, a pesar de que las bebidas alcohólicas ya están gravadas por el IEPS (impuesto federal). Registro: 2024372.
Impuesto predial viola principio de legalidad tributaria
Se determinó que los artículos que regulan el impuesto predial para 2018 en el municipio de Durango violan el principio de legalidad tributaria, por no establecer las bases para calcular el valor catastral, lo que puede generar arbitrariedades en el cobro de impuestos. Registro: 2024382
Renuncia obligada de trabajador, cómo probarla
Un trabajador afirmó que fue obligado a renunciar y el patrón argumentó que fue una renuncia voluntaria. Un TCC determinó en jurisprudencia que al patrón le corresponde presentar en el juicio laboral el escrito de renuncia voluntaria. El trabajador debe buscar probar los hechos, pero no está obligado a hacerlo mediante pruebas directas, sino que puede hacerlo a través de la prueba indiciaria. Registro: 2024400
¿Se debe rendir cuentas de la pensión alimenticia de un menor?
El padre que paga una pensión alimenticia de su hijo, no puede exigirle al progenitor que
tiene la custodia del menor a que le rinda cuentas sobre el uso que le dá a los recursos, y a que acredite que los mismo son o no suficientes para atender a las necesidades del hijo. Registro: 2024389.
La declaración del estado de interdicción es contraria a tratados internacionales
La Primera Sala de la SCJN determinó que la figura de interdicción es contraria a la Constitución Federal y a los tratados internacionales. Esta figura permite que un juez determine que una persona con discapacidad no es capaz de tomar decisiones, por lo que queda a cargo de un tutor. Este pronunciamiento se hizo respecto de la legislación civil en el estado de Aguascalientes. Registro: 2024377
SCJN declara inconstitucionalidad de Ley de Austeridad
El Pleno de la SCJN analizó la constitucionalidad de la Ley Federal de Austeridad Republicana (Ley de Austeridad). Se resolvió que el proceso legislativo por el que se emitió la Ley es válido y que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar en esa materia.
Sin embargo, el Pleno invalidó la disposición que impide a los servidores públicos de mandos superiores, a que puedan trabajar en empresas privadas durante los siguientes 10 años en que dejan el servicio público, por tratarse de una medida desproporcionada y contraria a la libertad de trabajo (artículo 24).
Asimismo, el Pleno invalidó el artículo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que le permite al Presidente de la República decidir cuál es el uso que se le va a dar a los recursos públicos obtenidos por las medidas de austeridad. Lo anterior es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados (artículo 61). Comunicado No. 115/2022