Blog 33. Estándar de deferencia y derecho humano a la propia imagen
26 de agosto de 2021
CONSTITUCIONAL
Estándar de deferencia en la regulación sanitaria
En abril de 2021 se discutió este asunto en la Primera Sala de la SCJN, para concluir que tales preceptos sí son válidos. En el criterio publicado la semana pasada, la Primera Sala presentó un “estándar para validar normas técnicas en comercio exterior, que tengan un impacto en el medio ambiente”. En primer término, es necesario verificar que el reglamento se ajuste al principio de reserva de ley, el cual se ubica en su menor expresión en tanto se trata de una norma técnica. Si esto se cumple, tendrá que analizarse el estándar de deferencia del reglamento considerando dos elementos: cómo se regularon los procedimientos de naturaleza científica, incluyendo los aspectos de protección al medio ambiente y, 2) cómo se delegó en las agencias de la administración pública la competencia para regular tales procedimientos.
La Primera Sala determinó la validez del Reglamento en tanto cumple con ambos requisitos. Por una parte, se reglamentan las medidas fitosanitarias ajustándose a la ley, se establecen procedimientos de naturaleza científica y al delegar competencias a las agencias de la administración pública no lo hace de manera “arbitraria ni caprichosa”. Registro: 2023460
PENAL
Suplencia de la queja cuando la víctima es una persona moral
Improcedencia del amparo promovido por la SHCP
Un TCC resolvió que este supuesto no se actualiza si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) pretende acudir al amparo para impugnar una sentencia en la que se absolvió a un contribuyente por el delito de defraudación fiscal equiparada. Lo anterior, porque no se están afectando los intereses patrimoniales de la SHCP, ya que las contribuciones que dejó de percibir la SHCP pertenecen a la hacienda pública federal y no a dicho ente público en particular. Al respecto, el TCC citó la jurisprudencia 1a./J. 109/2005 de la Primera Sala de la SCJN. Registro: 2023456
JUICIO DE AMPARO
Anotación preventiva de un inmueble
Improcedencia de separación de juicios
El juzgado separó los juicios y los remitió a otros órganos jurisdiccionales, lo cual dio lugar a un conflicto respecto de quién debía conocer de dichos juicios. El TCC confirmó que se trataba de un conflicto competencial, por tratarse de un tema jurisdiccional. Registro: 2023446
Por otra parte, el TCC determinó que no procede la separación de juicios de amparo, debido a que los quejosos resienten una misma afectación en sus derechos e intereses. Además, persiguen un mismo objetivo procesal que es el de declarar la inconstitucionalidad de los Lineamientos y calcular correctamente su aguinaldo. Registro: 2023468
Informe justificado y ampliación de demanda
Por consecuencia, la falta de notificación personal del informe justificado contraviene las normas fundamentales del procedimiento y amerita su reposición, para asegurar la impartición de justicia completa e imparcial. Registro: 2023457
Improcedencia del recurso de queja adhesiva
FISCAL
Revisión de gabinete y juicio de amparo
CIVIL
Artista demanda violación al derecho humano a la propia imagen
La Primera Sala de la SCJN desestimó la interpretación del TCC. Si bien, la Ley Federal del Derecho de Autor establece que el uso de la imagen de una persona sin su consentimiento es una infracción de comercio y el IMPI es la autoridad competente para declararla, dicho procedimiento es independiente de la acción civil por daños y perjuicios cuando se alega la violación de un derecho humano como el de la propia imagen. Registro: 2023455
Medidas cautelares: finalidad y requisitos
El TCC señaló cuáles son los requisitos que deben cumplirse para poder concederlas: 1) un presumible derecho; 2) peligro actual o inminente; 3) urgencia de la medida; 4) solicitud formal; y, 5) para algunos casos, exhibir garantía. Registro: 2023459
LABORAL
Juzgado está obligado a resolver sobre suspensión
Así lo resolvió un Pleno de Circuito en materia laboral, que además señaló que en el supuesto de que el juzgado no resuelva sobre la suspensión, el particular podrá promover recurso de queja. En la tesis se citó la jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN 2a./J. 124/2019, que señala que los recursos de queja tienen una tipología abierta que permite la inclusión de nuevos supuestos no previstos expresamente en la Ley de Amparo. Registro: 2023466
Disminución de prestaciones laborales
COVID- 19
Suspensión de plano para trabajador durante contingencia sanitaria por COVID-19
Un TCC determinó que sí procede conceder la suspensión de plano cuando se trate de un trabajador de un hospital que se encuentre en situación de vulnerabilidad, al que se le obligue a regresar a laborar presencialmente durante la pandemia por COVID-19, sin permitirle aplicar las medidas para laborar de forma no presencial.
Lo anterior con fundamento en una interpretación progresista del artículo 126 de la Ley de Amparo, que establece la procedencia de la suspensión de plano “cuando se trate de actos que importen peligro de privación de la vida”. El TCC consideró que este supuesto se actualiza cuando se ordena la reincorporación en el lugar de trabajo de una trabajadora en situación de vulnerabilidad. Registro: 2023470
Notificaciones en materia civil durante contingencia sanitaria por COVID-19
El Consejo de la Judicatura de la CDMX emitió acuerdos generales por la contingencia sanitaria en los que determinó que: 1) los órganos jurisdiccionales civiles y familiares funcionarían un día a puerta abierta y otro a puerta cerrada; y, 2) que no debían correr los plazos procesales en los días en que los juzgados laboraran a puerta cerrada. En los acuerdos no se previó lo relativo a las notificaciones lo cual fue materia de la litis. Un TCC concluyó que por mayoría de razón, los días en que los juzgados laboraron a puerta cerrada, no podían surtir efectos las notificaciones practicadas el día anterior, tanto las realizadas de manera personal como las publicadas en el Boletín Judicial. Registro: 2023461