Actividad irregular de la CNBV y prisión perpetua
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores tendrá que indemnizar a la persona que perdió sus ahorros en una institución bancaria, un tribunal definió cómo calcular la indemnización. La Suprema Corte declaró inconstitucional la pena de prisión perpetua prevista en la legislación de Chihuahua.
La SCJN invalida diversas contribuciones y multas locales
El Pleno de la Suprema Corte consideró como inconstitucionales varias contribuciones y multas locales y municipales, previstas en las leyes de ingresos de Baja California y de municipios de Oaxaca, Baja California, San Luis Potosí y Querétaro para 2024, por ejemplo:
- Cobros por la búsqueda de documentos y expedición de copias: son desproporcionados.
- Multas por mendigar en espacios públicos y por permitir que un “enfermo mental” se traslade libremente en un lugar público: son discriminatorias.
- Cobro de derechos por permisos para realizar eventos particulares y sociales: por no guardar relación con el costo que representa su emisión.
La Suprema Corte exhortó a los congresos locales a que no incurran en los mismos vicios al emitir las leyes de ingresos para 2025. Comunicado SCJN No. 405/2024
Principio de mayor beneficio en el juicio contencioso administrativo
Si en la sentencia se declaró la nulidad del acto administrativo por deficiencia en la fundamentación de la competencia de la autoridad, al promover juicio de amparo es suficiente con que el particular señale que no se analizaron los conceptos de impugnación relacionados con el fondo del asunto, sin que sea necesario que precise cuál era el argumento que le generaba mayor beneficio. Registro: 2029621
Cálculo de indemnización por actividad irregular de la CNBV
Cuando se declare la responsabilidad patrimonial del Estado porque la Comisión Nacional Bancaria y de Valores no vigiló debidamente a una institución bancaria, deberá pagar los daños y perjuicios causados al particular. La indemnización deberá calcularse sobre el interés legal que dejó de percibir la persona sobre los montos invertidos hasta el límite de 400,000 UDIS, y no sobre el interés pactado entre el ahorrador y la institución bancaria. Registro: 2029628
Pena de prisión perpetua es inconstitucional
El Pleno de la Suprema Corte determinó que la pena de prisión perpetua prevista en la legislación de Chihuahua para el delito de homicidio doloso de tres o más personas, es inconstitucional en tanto impide que el sentenciado ejerza su derecho constitucional a la reinserción social. Los efectos del amparo no podrán ser dejar en libertad al sentenciado a prisión perpetua, sino que el juez deberá determinar la pena de prisión inaplicando el precepto declarado inconstitucional. Comunicado SCJN 412/2024
Juez competente contra orden de traslado de prisión
Cuando se reclame en amparo indirecto la orden de traslado de un reo de un centro penitenciario a otro, que ya fue ejecutada, así como otros actos que no tengan ejecución material, será competente el juez de Distrito ante el que se presentó la demanda, siempre que tenga jurisdicción en donde inició o en donde concluyó el traslado. [Pleno Regional, Jurisprudencia] Registro: 2029601
Suplencia de la queja en favor de adultos mayores
Para determinar si procede o no la suplencia de la queja en favor de un adulto mayor que la solicita, el juzgador debe analizar en cada caso particular el estado de salud, laboral o social del adulto mayor. En el caso resuelto, la Primera Sala sostuvo que un adulto mayor pensionado por invalidez y en calidad de consumidor frente a una aseguradora, si procede la suplencia de la queja en su favor. Comunicado SCJN No. 407/2024
Concubina solicita ser declarada beneficiaria del trabajador fallecido
Un tribunal interpretó la Ley Federal del Trabajo y estableció que aun cuando la ley no lo prevé de forma expresa, debe presumirse que la concubina del trabajador era su dependiente económica, por lo que no existe necesidad de realizar una investigación económica como requisito para ser declarada beneficiaria de los derechos laborales del fallecido. Registro: 2029606
Plazo para solicitar pensión compensatoria después del divorcio
Un tribunal resolvió que el derecho de la persona que se dedicó preponderantemente a las labores del hogar y al cuidado de los hijos, para solicitar una pensión compensatoria asistencial con motivo del divorcio, prescribe en el mismo lapso que duró el matrimonio y no en el plazo de dos años establecido en la legislación civil de Nuevo León. Registro: 2029616