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Compilación fiscal 2026

En esta compilación compartimos los criterios en materia fiscal que consideramos más relevantes, publicados de agosto de 2025 a la fecha. Se trata de un periodo de transición entre los criterios del Poder Judicial en su conformación antes de la reforma judicial, a los razonamientos y consideraciones de la nueva Suprema Corte y de órganos jurisdiccionales con diferente integración.


 

ISR por disminuir precio de venta de un inmueble

Cuando el valor del avalúo de un inmueble, realizado por un corredor público o persona autorizada, exceda en más de un 10% del precio pactado por la operación, el total de la diferencia se considerará ingreso de la persona que adquirió el inmueble y deberá pagar el correspondiente impuesto sobre la renta. La Suprema Corte confirmó la constitucionalidad de la norma que lo establece. Comunicado 39/2026, Proyecto de sentencia

Aumento en retención de impuestos sobre intereses

La Suprema Corte validó la legislación de 2024 que aumentó de 0.15% a 0.5% la tasa de retención del impuesto sobre la renta aplicable a intereses o rendimientos de inversiones financieras. Sostuvo que el Congreso de la Unión puede ajustar las tasas conforme a la política fiscal, por lo que está debidamente justificado y no implica una carga desproporcionada o arbitraria. Comunicado SCJN 5/2026

Reforma fiscal 2026. La tasa de retención se incrementó de nueva cuenta, para quedar en 0.9% anual.

Cambio de RESICO a otro régimen por superar tope de ingresos

La Suprema Corte sostuvo que la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 no viola el principio de subordinación jerárquica al establecer en qué momento el contribuyente pierde el derecho para tributar conforme al régimen simplificado de confianza si sus ingresos son superiores a $3.5 millones de pesos. La regla debe interpretarse en el sentido de que una vez que el contribuyente supere el tope, deberá tributar conforme al nuevo régimen fiscal al siguiente mes, y si ello ocurre ya iniciado del ejercicio fiscal su declaración anual tendrá que presentarse conforme al nuevo régimen. [Jurisprudencia] Registro: 2032043

Inconstitucionalidad en créditos financieros

La Ley del Impuesto sobre la Renta establece un trato diferenciado al permitir que las instituciones de crédito apliquen el ajuste anual por inflación a ciertos créditos a cargo de personas físicas y no lo prevé para las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM). [Primera Sala] Registro: 2031058

Impuesto sobre pagos de publicidad en radio y televisión

Las empresas concesionarias de radio y televisión no están sujetas a un régimen de doble tributación, así lo resolvió la Primera Sala al analizar los alcances del impuesto del 25% a los pagos realizados por los particulares que contraten servicios de publicidad en radio y televisión, en relación con el impuesto sobre la renta que pagan dichas empresas. [Jurisprudencia] Registro: 2031087

Base gravable de ISR en ingresos por jubilación

Para determinar la base gravable del impuesto sobre la renta por ingresos por concepto de jubilaciones, es posible utilizar el salario mínimo general (SMG) al calcular el monto exento del impuesto, que en términos de la ley es de quince veces el SMG. En este supuesto no existe obligación de realizar el cálculo con las unidades de medida actualizadas (UMAs), en tanto se trata de la interpretación más favorable para las personas adultas mayores pensionadas o jubiladas. Registro: 2031806

Impuesto adicional a dividendos

La Suprema Corte validó el impuesto del 10% adicional, previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, por el pago de dividendos por parte de la empresa a sus accionistas, bajo la consideración de que no configura una doble tributación ni afecta la proporcionalidad tributaria. Comunicado SCJN 5/2026

Fecha cierta en contrato privado celebrado en el extranjero

Un tribunal colegiado confirmó la negativa de la autoridad fiscal de devolver un saldo a favor por concepto de IVA, en tanto el contribuyente presentó como documentación un contrato privado firmado en el extranjero sin acreditar la fecha cierta. El tribunal retomó la jurisprudencia de la Segunda Sala 2a./J. 161/2019 que define los medios para probar ante la autoridad fiscal, la fecha cierta de documentos privados. Registro: 2031684


 

Comisiones de plataformas por comercio electrónico

La Suprema Corte validó la cuota del 2% por el uso de la infraestructura de la Ciudad de México, que desde 2022 deben pagar las plataformas de reparto como Uber o Rappi, por cada intermediación que efectúen. El Pleno afirmó que la cuota es un aprovechamiento destinado a compensar el desgaste y uso intensivo de las calles, vialidades y demás bienes de dominio público, el cual no podrá trasladarse a los usuarios ni repartidores. Comunicado SCJN No. 270/2025, Proyecto de sentencia

Impuesto por arrendamiento de inmuebles

El impuesto establecido en Durango que grava a los arrendadores que reciben rentas por un monto superior a $15 mil pesos mensual, transgrede el principio de equidad tributaria al establecer una diferencia injustificada entre contribuyentes que realizan la misma actividad. Registro: 2031638

Impuesto ambiental en el Estado de México

El impuesto a la emisión de gases contaminantes a la atmósfera del Estado de México invade la esfera competencial de la federación. Este impuesto atribuye al usuario una proporción de contaminación derivada de la producción de energía eléctrica, por tanto, el método de cuantificación se encuentra en el ámbito federal. Además, con fundamento en criterios de la Suprema Corte, los impuestos ambientales locales deben vincularse con fuentes de contaminación situadas en el territorio de la entidad. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031709

Subsidio al predial en CDMX para adultos mayores

El subsidio al impuesto predial publicado en 2021 en la Gaceta de la Ciudad de México en favor de propietarios de la tercera edad de inmuebles con un valor catastral inferior a los $2,167,228.93 pesos no viola el principio de igualdad. El subsidio del 30% busca disminuir las desigualdades sociales y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. [Jurisprudencia] Registro: 2031183


 

Notificación por buzón tributario

Para que la notificación electrónica por buzón tributario sea válida, es suficiente que la autoridad acredite la puesta a disposición del documento en el sistema y el envío del aviso a los medios de contacto que fueron registrados por el persona contribuyente. Por tanto, no es necesario que la autoridad fiscal pruebe que el contribuyente recibió el aviso a su correo o celular. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031716 

Devolución de saldo a favor y cambio de cuenta CLABE

Al realizar la devolución del saldo a favor la autoridad fiscal debe considerar la cuenta CLABE señalada por el contribuyente en la declaración complementaria, si esta fue presentada antes de llevarse a cabo la devolución. La autoridad actuó indebidamente si la devolución se hizo en la cuenta señalada en la primera declaración. Registro: 2031521

Devolución del pago de lo indebido

Antes de solicitar una devolución del pago de lo indebido, el contribuyente deberá presentar declaración complementaria en la que rectifique su situación fiscal. Esto en el supuesto de que la cantidad cuya devolución solicita fue previamente aplicada como deducción para efectos del impuesto sobre la renta. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031322

Multas por declaraciones fiscales extemporáneas

No pueden considerarse como excesivas las multas previstas en el Código Fiscal de la Federación por la presentación extemporánea de declaraciones fiscales a través de medios electrónicos. Estas multas cumplen con la proporcionalidad de las sanciones, al establecer un parámetro mínimo y máximo que permite individualizarlas. [Primera Sala] Registro: 2031076

Plazo para contabilizar prescripción de créditos fiscales

En el supuesto de que el contribuyente presente recurso de revocación en contra de la determinación de un crédito fiscal, el plazo para que opere la prescripción inicia el día siguiente a aquel en que la autoridad notifica la resolución expresa del propio recurso, en sentido desfavorable a la persona contribuyente. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031327


 

Procedimiento del 69-B a contribuyentes que recibieron facturas

La autoridad fiscal cuenta con facultades amplias para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, pero no son absolutas ni pueden ejercerse discrecional o arbitrariamente. Por tanto, el procedimiento que se sigue a los contribuyentes que recibieron comprobantes fiscales (EDOS), debe contar con una debida fundamentación y motivación, basada en razones particulares y elementos objetivos que lo justifiquen. Registro: 2031350

Relación entre los dos procedimientos del 69-B

Cuando se declare la nulidad de la resolución por la que se incluyó a un contribuyente en el listado definitivo del 69-B por realizar operaciones presuntamente inexistentes (EFO), pierde sustento la causa legal que justificó que el SAT impusiera una reversión probatoria a cargo del contribuyente que dio efectos fiscales a sus comprobantes (EDO) para demostrar la materialidad de las operaciones declaradas. Registro: 2031349

Materialidad de las operaciones en la prestación de servicios

El contribuyente que recibió servicios de una empresa fantasma (EFO) y que pretende acreditar la materialidad de las operaciones a través de fotografías, debe ofrecerlas debidamente certificadas para acreditar el lugar, tiempo y circunstancias en que se tomaron. Registro: 2031360

Cancelación de RFC de sociedades fusionadas y presunción de inexistencia

La Primera Sala validó el requisito contenido en el Código Fiscal de la Federación que establece que, para que proceda la cancelación del RFC por fusión de sociedades las empresas no deben encontrarse en los listados de contribuyentes en presunción de inexistencia de operaciones ni tener relaciones con dichos contribuyentes. Este requisito no afecta de manera desmedida el derecho a la cancelación del RFC. [Primera Sala, jurisprudencia] Registro: 2031063


 

Análisis de actuación de visitadores que exceden sus facultades

Cuando los visitadores se extralimitan en sus facultades al valorar documentos, libros o registros del contribuyente en una de las actas levantadas en la visita domiciliaria, el juzgador tiene la obligación de analizar y determinar si la valoración se realizó solo en una parte del acta o de forma parcial respecto de algunos elementos.  [Pleno regional] Registro: 2031787

Juzgador debe analizar trascendencia de la violación cometida por visitadores

Si bien la extralimitación de los visitadores al valorar pruebas en el acta circunstanciada o incluso al determinar un crédito fiscal, se considera un exceso de atribuciones, para definir el tipo de nulidad que procede, absoluta o para efectos, el juzgador deberá valorar la actuación ilegal, su sistematicidad, la gravedad de la conducta del visitador y su trascendencia a la resolución determinante, por ejemplo, si indujeron indebidamente a la autoridad liquidadora. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031786

Plazo máximo de duración de revisión de gabinete

La revisión de gabinete se compone de dos fases, la primera, de verificación de las obligaciones tributarias que concluye con la notificación del oficio de observaciones y la segunda, de determinación o liquidación, cuyos plazos son independientes entre sí. El artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación que establece el plazo de duración máxima de doce meses, se refiere a la primera fase. Registros: 2031744 y 2031743

Declaración anual complementaria en facultades de comprobación

Una vez iniciadas las facultades de comprobación, el contribuyente podrá modificar lo declarado mediante declaraciones complementarias, solo en los supuestos permitidos por el  Código Fiscal de la Federación. Si en la misma declaración se manifiesta una reducción de la pérdida cambiaria, la disminución de ingresos acumulables y el incremento en las deducciones autorizadas, no podrá ser considerada por la autoridad, ya que los últimos dos aspectos no están dentro de los supuestos permitidos por el Código. Registro: 2031799


 

Se niega pago “automático” de intereses en devolución

En el supuesto de que un contribuyente obtenga una sentencia que declare la nulidad de un crédito fiscal, sin que se haya obligado a la devolución del monto previamente pagado, la autoridad fiscal no tendrá que realizar el pago de intereses en favor del contribuyente. [Suprema Corte] Comunicado 38/2026, Proyecto de sentencia

Con este asunto, se deja atrás el criterio de la Primera Sala que señalaba que al actualizarse un pago de lo indebido, la autoridad fiscal debía pagar intereses al contribuyente sin que fuera requisito que en la sentencia se hubiese obligado a la devolución del crédito fiscal previamente pagado. Sentencia

Legitimación del jefe del SAT en revisión fiscal

​​El jefe del Servicio de Administración Tributaria carece de legitimación para interponer recurso de revisión fiscal si no fue parte en el juicio contencioso administrativo federal. Solo podrá hacerlo en ciertos casos de excepción, por ejemplo, si la resolución declarada nula fue emitida por autoridades locales actuando en coordinación respecto de ingresos federales. [Jurisprudencia] Registro: 2031555

Cumplimiento al recurso de revocación y derecho de audiencia

Es constitucional el artículo 133-A del Código Fiscal de la Federación que establece que en cumplimiento de un recurso de revocación, la autoridad fiscal puede solicitar información o documentación de terceros, sin que esté obligada a hacerlo del conocimiento del contribuyente. Este precepto no viola la garantía de audiencia del contribuyente, quien podrá defenderse al momento en que la autoridad le notifique la resolución dictada en cumplimiento al recurso. [Suprema Corte, jurisprudencia] Registro: 2031932

Procedimiento para cumplimiento del recurso de revocación

La Suprema Corte sostuvo que no es necesario que el artículo 133-A del Código Fiscal de la Federación especifique el procedimiento mediante el cual se solicitará información a terceros para dar cumplimiento al recurso de revocación, como sí sucede cuando se regulan las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, por tanto, dicho precepto no viola el principio de seguridad jurídica. [Suprema Corte, jurisprudencia] Registro: 2031933

Pago de contribuciones durante suspensión definitiva en amparo

Un contribuyente promovió amparo en contra de la limitante para aplicar la compensación universal de contribuciones federales. Bajo la suspensión definitiva otorgada en amparo, realizó la compensación del impuesto sobre la renta a su cargo, con un saldo a favor de IVA. La compensación universal efectuada por el contribuyente durante la vigencia de la suspensión definitiva es válida aun cuando después se le niegue la protección constitucional. Registro: 2031412

Suspensión en procedimientos relacionados con delitos fiscales

Procede otorgar la suspensión para que las autoridades fiscales de Nuevo León se abstengan de emitir la resolución, en el procedimiento para comprobar la posible comisión de delitos fiscales. De acuerdo con el Código Fiscal del estado es posible detener el dictado de la resolución, hasta que se resuelva el juicio de amparo. Registro: 2031700