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Límite al aumento de rentas en la CDMX

 

La Suprema Corte validó el límite al incremento de rentas para casa habitación establecido desde 2024 en la Ciudad de México y analizó los alcances del registro de contratos de arrendamiento en esta entidad. Un pleno regional se pronunció sobre el pago de intereses moratorios por una aseguradora.


 

Pago de derechos por servicio de copias

Es contrario al principio de proporcionalidad tributaria la legislación de Colima que establece un pago de derechos diferenciado por el servicio de expedición de copias certificadas de expedientes administrativos, dependiendo de si se trata de la primera copia o de las siguientes. La disparidad en la tarifa no está relacionada con el gasto erogado al prestar el servicio. [Suprema Corte, jurisprudencia] Registro: 2031758


 

Acta de nacimiento extemporánea y trámite de pasaporte

La Suprema Corte sostuvo que exigir requisitos adicionales para tramitar el pasaporte a las personas cuyo nacimiento fue registrado después de los tres años de edad, es contrario al derecho humano a la igualdad y no discriminación. Exigir documentación adicional y establecer procesos más rigurosos, representa una carga desproporcionada y refuerza las desventajas socioeconómicas y culturales. [Jurisprudencia] Registro: 2031766


 

Juicio por operaciones bancarias no reconocidas

La falta de comparecencia a la audiencia para desahogar la prueba confesional por parte del titular de una cuenta bancaria, no es suficiente para tener por acreditado que otorgó su consentimiento en operaciones no reconocidas. Esto no releva al banco de probar que los procedimientos de identificación se realizaron con regularidad, que fueron acordados con el usuario y acreditar la fiabilidad del mecanismo de autorización. [Suprema Corte, jurisprudencia] Registro: 2031754


 

Tope a rentas en CDMX

Esta semana la Suprema Corte validó la reforma de 2024 al Código Civil de la Ciudad de México, que estableció un límite al incremento anual de la renta de inmuebles destinados a casa habitación, de modo que no supere la inflación, al considerar que se trata de una medida acorde con el derecho a una vivienda digna, evita aumentos desproporcionados y previene la gentrificación. Proyecto de sentencia AR 546/2025

Registro de contratos de arrendamiento en la CDMX

Atendiendo a la información que debe entregarse al registro digital de contratos de arrendamiento de la Ciudad de México, la Suprema Corte consideró que es “sobre inclusiva”, en tanto exige información que excede a la finalidad del registro: generar una estadística sobre el mercado de rentas para establecer o modificar otras acciones y programas. Por tanto, la norma debe interpretarse en el sentido de entregar únicamente la información indispensable: el nombre de las personas arrendadora y arrendataria, la ubicación del inmueble, el monto de la renta pactada y el incremento convenido. Proyecto de sentencia AR 546/2025

Pago de intereses moratorios por aseguradora

En el supuesto de que una persona demande en la vía civil por responsabilidad objetiva y la aseguradora tenga conocimiento del siniestro al momento del emplazamiento, será desde este momento en que deberán contabilizarse los intereses moratorios, si no no realiza el pago de la suma asegurada, y no a partir del dictado de la sentencia. Los eventuales intereses moratorios se generarán a partir del vencimiento de los treinta días posteriores en que la institución de seguros recibe los documentos e información. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031760

Explotación de la persona por la persona derivado de una sentencia

La explotación de la persona por la persona se actualiza en la ocupación indebida de un bien inmueble, cuando una de ellas obtiene sentencia que convalida una condena por el pago de rentas que supera de manera irracional el valor del bien. El concepto de explotación no se limita a los casos en que existe un contrato entre las partes. Registro: 2031759


 

¿Se puede recibir doble pensión por la muerte de un trabajador?

Conforme a la Ley del ISSSTE, cuando un trabajador fallece, sus familiares solo tienen derecho a recibir una pensión. Por lo que no es posible concederles tanto la pensión por viudez como la de riesgo de trabajo, ya que persiguen la misma finalidad: proteger a la familia frente al fallecimiento. Comunicado SCJN 24/2026


 

Demanda de nulidad extemporánea contra crédito fiscal

Cuando el contribuyente promueve juicio contencioso administrativo manifestando desconocer la resolución impugnada y se acredita que la autoridad sí la había notificado legalmente, debe sobreseer el juicio. En este supuesto, no procede estudiar los conceptos de impugnación planteados, incluso si se trata de la prescripción de los créditos fiscales, ya que existe un impedimento técnico para analizarlos. [Pleno regional, jurisprudencia] Registro: 2031767


 

Limitación a la devolución de IVA

El Pleno Regional en Materia Administrativa de la Región Centro-Norte emitió la jurisprudencia PR.A.CN. J/66 A, estableciendo un criterio definitorio respecto al tratamiento de los saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El Pleno Regional determinó que al ejercerse la opción del acreditamiento conforme al artículo 6 de la Ley del IVA, resulta improcedente solicitar posteriormente al esquema general de devolución previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación para recuperar el remanente. En consecuencia, el procedimiento de ley, según el Pleno Regional, exige agotar dicho saldo exclusivamente mediante la continuación del acreditamiento.

Este criterio implica que cuando los contribuyentes posean un saldo a favor de IVA y hayan efectuado algún acreditamiento en periodos posteriores, se encuentran, por regla general, impedidos para solicitar la devolución del remanente generado. No obstante, la ejecutoria derivada de la contradicción de criterios 63/2023, origen de la citada jurisprudencia, reconoce expresamente excepciones a esta regla general basadas en la imposibilidad material.

El Pleno Regional admitió que si el contribuyente está materialmente impedido para continuar el acreditamiento —ya sea por carecer de saldo a cargo o por cese de operaciones—, tal circunstancia debe manifestarse ante la autoridad fiscal en el procedimiento de devolución. Bajo el principio general de derecho de que nadie está obligado a lo imposible, la autoridad deberá resolver lo que en derecho corresponda ante estas situaciones de excepción. Por lo tanto, al solicitar la devolución de saldos a favor de IVA previamente acreditados, es esencial que los contribuyentes manifiesten y acrediten la imposibilidad para continuar esta vía. Registro: 2028208

Diego Centeno Ramos

PDeA Abogados. S.C.